Hay muchas razones por las cuales nuestros clientes se han acercado repetidamente a nosotros para asesorarnos sobre las posibilidades reales de ofrecer bienes raíces a empresas comerciales. Esta necesidad puede deberse a diversas cuestiones como cuestiones comerciales o de inversión, o incluso la intención de planificar una mejor herencia de activos inmobiliarios. 

El principal problema que encontramos a la hora de planificar este tipo de negocios es el alto coste fiscal, ya que en la mayoría de los casos se trata de adquisiciones de inmuebles de muy bajo valor que conllevan una carga fiscal muy alta y son poco atractivas. Los principales impuestos que interfieren en dichas operaciones son el impuesto sobre la renta de las personas físicas y el impuesto sobre las plusvalías municipales. 

Gravar las operaciones empresariales no tiene incidencia al tratarse de una contribución y por tanto exenta del 1%. En cuanto a la renta, las aportaciones a una sociedad mercantil tributarán en el IRPF del inversor en función de la plusvalía obtenida como aportación calculada sobre la diferencia entre el valor de adquisición del inmueble y el valor de mercado en ese momento. Asimismo, el negocio también estará sujeto al impuesto territorial municipal (ganancias de capital municipal), que se gravará en la transferencia en función del número de años que el transmitente haya sido propietario de la propiedad. 

Pues bien, en algunos casos, con una planificación fiscal previa, será posible que las donaciones eludan (o mejor dicho, difieran) los impuestos antes mencionados, y en estos casos, es posible que se produzcan fusiones, escisiones, 27 de noviembre 27 / Capítulo VII de la Ley N° 2014 sobre el impuesto de sociedades sobre aportes de capital, bolsas de valores y cambios en el domicilio social de la empresa europea. Este particular sistema tributario está regulado en el art. A grandes rasgos, el artículo 87 de la LIS nos permitiría aportar bienes a sociedades anónimas existentes o de nueva creación, adquiriéndolas al coste histórico, es decir, al valor que percibía el aportante en su momento, en lugar de devengar el IRPF. 

Tampoco es una plusvalía municipal para el financiador. Sin embargo, estamos ante un régimen de diferimiento, lo que significa que a efectos fiscales las sociedades deben incluir en su patrimonio bienes inmuebles por el valor que reciben los socios, lo que supondrá menores gastos de amortización, mayores beneficios en caso de transmisión, provoca un ajuste fiscal en el IS de la empresa. A efectos de las ganancias de capital municipal, lo mismo sucede con la fecha de adquisición, debiéndose computar la fecha en que el inmueble fue adquirido por los socios. 

Para la aplicación del sistema, es necesario destinar los bienes a actividades económicas en el momento de la donación (en el ámbito del IRPF, para influir en el patrimonio personal, es necesario destinar estos bienes a actividades económicas durante al menos tres años). ), aportando los medios humanos y materiales para su desarrollo; recordemos que, en el caso de actividades de arrendamiento, para ser considerada actividad económica, debe haber al menos un trabajador a tiempo completo que gestione la actividad (IRPF artículo 27.2) . 

Asimismo, antes de realizar aportes de capital a una sociedad comercial, es necesario que los inversionistas lleven la contabilidad de conformidad con las disposiciones del Código de Comercio, en especial los principios del Plan General de Contabilidad. 

A esto hay que añadir que el sistema exige el cumplimiento de una serie de requisitos, y destacamos que la operación no debe buscar la evasión o el fraude fiscal, lo que se conseguirá cuando se realice por motivos económicos legítimos, es decir, su único fin. no es ahorro fiscal, aunque en estos casos la protección patrimonial que brinda la empresa a través de la limitación de responsabilidad suele configurarse como una válida justificación económica plenamente reconocida por el SAT. 

Lo cierto es que se trata de un régimen fiscal especial muy atractivo y también complejo, por lo que, un buen asesoramiento sobre la base de una planificación fiscal eficaz puede aportar muchas ventajas a la hora de reestructurar el patrimonio empresarial familiar. 

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